miércoles, junio 4, 2025

Elección judicial: La legitimidad de los juzgadores electos | Opinión

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El 1 de junio de 2025 se realizó uno de los peores ejercicios electorales de nuestra historia nacional. Las irregularidades cometidas a lo largo de los procesos previos a este día están ampliamente documentadas. Un Congreso que entregó sus soberanas facultades legislativas a un órgano administrativo-constitucional. Una mayoría legislativa obtenida mediante la mayoritaria connivencia de un tribunal de justicia que hace mucho dejó de serlo. Una decisión senatorial construida sobre antiguas culpas y nuevas amenazas. Unas distorsiones geográficas generadoras de electores a modo. Unas boletas abigarradas para facilitar la trampa. Unas ostentosas y despreciativas anulaciones. Unos conteos postergados para ajustar ganadores. Unos resultados autonomizados a la votación y a los votantes.

Pasado el irregular ejercicio de votar y estando por acontecer la contabilidad y la declaración de ganadores, es oportuno preguntarnos por algo que determinará a la justicia que llega. ¿De dónde provendrá la legitimidad de los nuevos juzgadores? ¿En qué basarán esos funcionarios su cotidiano ejercicio de impartición de justicia? La respuesta a estas preguntas es determinante para identificar la concepción que tendrán de ellos mismos y de sus tareas, en qué estarán pensando cuando hagan justicia, y cuáles serán los parámetros de exigencia que estarán dispuestos aceptar.

La primera posibilidad de legitimidad de los nuevos juzgadores puede ser, hipotéticamente hablando, el carisma atribuido a López Obrador, expresado en su deseo de transformar al poder judicial mediante la elección popular de sus titulares. A partir de ahí, los nuevos funcionarios judiciales podrían suponer que, como su prócer decidió y logró reformar la Constitución en ese sentido, sus posteriores actuaciones tendrán como fuente de legitimidad el carisma o la voluntad de ese hombre. Si los juzgadores siguieran este supuesto, su justicia se impartiría a nombre de esa persona, más allá de su permanencia en el cargo o existencia terrenal.

Una segunda posibilidad de legitimidad podría buscarse en la votación obtenida por Claudia Sheinbaum para la presidencia de la República. Que en sus treinta y tres millones de votos quisiera encontrarse la clave de las próximas actuaciones judiciales, bien sea por la relevancia personal de quien encabezó el proceso o por suponer un mandato proveniente de las urnas. Si este fuera el supuesto de legitimidad, la justicia que impartirían los nuevos juzgadores guardaría relación con la presidenta, la temporalidad de su cargo y los votantes que, en la más amplia demografía nacional y ciudadana, decidieron votar por ella.

Una tercera posibilidad es que los juzgadores asuman que su legitimidad proviene de la votación emitida el 1° de junio de 2025. Que su derecho a ocupar y ejercer el correspondiente cargo judicial proviene del ejercicio electoral verificado ese día. Que más allá de los desaseos y errores legislativos, de los muchos problemas procedimentales y de la baja participación ciudadana, resultaron electos y deben actuar en consecuencia.

Supongamos que esta última sea, en efecto, la condición de legitimidad asumida por los nuevos juzgadores. Que moral, ideológica o cínicamente, consideraren que la elección es el fundamento del cargo que ocuparán y de las acciones que en él realizarán. Si este fuera el fundamento de su legitimidad, los juzgadores que llegan tendrían que asumir por mera congruencia que su mandato está determinado por la elección. Que aquello que expresaron en sus discursos o escritos, o comprometieron en sus campañas, fundamenta lo que son y realizarán. Que las promesas hechas a sus potenciales y reales electores deben tener peso al momento de decidir. Que los acuerdos cupulares con partidos, sindicatos, organizaciones criminales, empresarios, abogados o cualquier otro grupo de apoyo, habrán de ser cumplidos.

Pasada la triste fiesta electoral queda por responder la pregunta acerca de la legitimidad de los juzgadores y, con ello, la de los compromisos y lealtades que en él asumieron. De antemano sabemos que la respuesta es y será que se deben a la Constitución, las leyes, la democracia o el pueblo de México. Sin embargo, y más allá de estas consabidas salidas, debemos tener en cuenta el marco general de las posibles legitimidades para poder encuadrar las concretas acciones judiciales de los nuevos juzgadores. Mediante este marco será posible identificar, no por las palabras sino por las acciones, a quién o a qué se deben los juzgadores electos.

Por medio de la asumida legitimidad electoral originaria de los nuevos juzgadores podremos advertir en dónde y cómo están tratando de construir su legitimación. A qué argumentos recurren para elaborar sus decisiones, presentarse ante su electorado antiguo o al que pretendan recurrir para su reelección, congraciarse con los grupos políticos que les permitieron estar en la boleta, satisfacer a los grupos que posibilitaron la movilización conducente a la elección, o evitar los daños que les puede acarrear el incumplimiento de lo que en su momento aceptaron alegre o ilusionadamente.

En su ensayo “The Macbeths”, Chesterton considera que la tragedia humana proviene de suponer que la vida no es un continuo, sino que, por el contrario, puede ser separada en partes y, al mismo tiempo, mantener una idílica y completa unidad. En los días por venir veremos tragedias en la vida de aquellos juzgadores que supusieron que sus acuerdos y nuevas lealtades no afectarían su vida judicial. Pronto llegará el momento en el que la pretendida legitimidad de origen se vea comprometida por las muchas cotidianeidades del diario juzgar. De un modo u otro, los nuevos juzgadores han quedado atrapados por la tragedia de lo que alguna vez imaginaron como la más pura de las legitimidades posibles.



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