Sean Combs tendrá que esperar un poco más para conocer su condena. El juez Arun Subramanian, responsable del caso del músico también conocido como Puff Daddy o Diddy ha tomado una decisión este martes 8 de julio sobre la sentencia: pese a las presiones de los abogados, la dará a conocer el próximo 3 de octubre, tal y como había anunciado la semana pasada.
Cuando Subramanian fijó la fecha de la sentencia, los abogados se quejaron. Para ellos, era demasiado que Combs pasara otros tres meses en la cárcel, donde ya lleva 10 meses. Ante su insistencia, el juez decidió fijar una vista para este martes para escucharles, tanto a ellos como a la fiscalía. Este 8 de julio, Marc Agnifilo, el principal responsable de los defensores, le ha pedido al juez en un escrito que fije la fecha para el 22 de septiembre como muy tarde, y ha afirmado que las partes se han reunido para discutirlo y que la fiscalía no se opone a ello. Pero, finalmente, ambas han llegado al acuerdo de mantener la fecha del 3 de octubre. Y Subramanian ha aceptado.
En lo que no están tan de acuerdo es en la pena. Aunque los delitos por los que ha sido condenado pueden suponer 20 años de cárcel, es muy posible que la condena no sea tan alta. La fiscalía pide entre cuatro y cinco años de prisión (de 51 a 63 meses), mientras que la defensa espera que su cliente salga en menos de dos, o como máximo en dos y medio (entre 21 y 27). Es decir, mucho menos de la cadena perpetua, que ha evitado. Según ha contado uno de los portavoces de Combs, a su regreso a la cárcel de Brooklyn (Nueva York) donde permanece detenido desde el pasado septiembre, varios presos se pusieron en pie para aplaudirle.
Mientras tanto, Combs, de 55 años, permanecerá en la cárcel. Eso sí estaba claro, porque Subramanian lo especificó horas después de conocerse la decisión del jurado. Aunque los abogados de Puff Daddy insistieron en que su cliente lograra la libertad condicional y pudiera pasar el tiempo que queda hasta la sentencia en su casa, el juez se negó. Ni siquiera con una fianza de un millón de dólares, entregando el pasaporte y sometiéndose a tests de drogas le iba a permitir quedar libre, explicó. La fiscalía, así como varias víctimas —entre ellas la principal testigo del caso, Casandra Ventura—, se lo habían rogado encarecidamente, afirmando que Combs era un peligro incluso en su casa, porque podía intentar comunicarse con las víctimas que le habían denunciado, más de un centenar, así como presionarlas y condicionarlas. Para el juez, queda probado que Combs usó la violencia con las dos principales víctimas, Ventura y otra mujer denominada Jane, por lo que no debe salir de la cárcel.

El pasado miércoles 2 de julio y tras un largo juicio de casi dos meses, el jurado decidió que Combs era culpable de dos de los cinco delitos por los que estaba siendo juzgado, los dos menos graves: fue condenado por dos delitos de transporte para ejercer la prostitución, pero no de los de tráfico sexual ni del más grave, el de asociación ilícita, lo que le libra de la cadena perpetua. Aun así, su condena sería de alrededor de 20 años, como máximo. Pero habrá que esperar un poco más para saberlo.
Pese a que enfrentaba delitos que podían mandarle a la cárcel durante décadas, incluso durante el resto de su vida, Sean Combs ha salido relativamente impune del mediático juicio. El jurado tuvo dificultades para tomar una decisión acerca del delito de asociación ilícita, también llamado crimen organizado, puesto que era tan grave que podía suponer la cadena perpetua; además, es algo complicado de demostrar, pues requiere cumplir una serie de requisitos muy concretos. También le declararon inocente, para sorpresa de muchos, del delito de tráfico sexual, aunque sí fue culpable del de transporte para ejercer la prostitución.
Aunque parezcan similares, ambos cargos son diferentes en el fondo. En el delito de tráfico sexual con fuerza, fraude o coerción (así se denomina) la clave está en la explotación de individuos con control y manipulación, y con uso de fuerza, fraude o coerción, como dice su nombre, a la hora de obligar a la persona a participar en actividades sexuales. En cambio, en el otro delito, lo que realmente importa es el transporte en sí: trasladar a una persona para prostituirla. Por tanto, en el tráfico, el delito está en el hecho de forzar a la persona a la actividad; mientras que en el transporte, todo recae en el hecho de haberla movido, ya sea entre Estados o fuera del país; aquí no implica obligatoriamente que haya fuerza o coerción.
En cualquier caso, este es solo el primero de los muchos capítulos judiciales que le quedan por vivir a Sean Combs. Casandra Ventura, apodada Cassie, fue su pareja desde mediados de los 2000 y hasta 2018, y fue la primera que le denunció (aunque horas después llegó a un acuerdo y retiró la demanda), pero la fiscalía vio claro el caso desde el principio, al que después se unió el de otra mujer anónima llamada Jane. Sin embargo, aunque Combs haya salido relativamente victorioso de este juicio, le esperan muchos más. Tras la de Cassie llegaron decenas de denuncias, alrededor de 150, de hombres y mujeres que le acusan de haber abusado de ellos. Por tanto, queda todavía recorrido judicial en el caso de Puff Daddy.